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Disciplina de voto en la investidura de Pedro Sánchez

En la primera votación de investidura del presidente del Gobierno cobró especial protagonismo la disciplina de voto, no solo porque la diputada de Coalición Canaria la rompió, sino por la llamada de Inés Arrimadas a que diputados del PSOE hagan lo propio. La disciplina de voto es una de las máximas que rigen el funcionamiento de los grupos que componen el Congreso de los Diputados.

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Ahora bien, la  Constitución establece en el artículo 67.2 que «los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados al mandato imperativo» y en el artículo 79.3 proclama que "el voto es personal e indelegable". No obstante, casi todos los partidos políticos imponen la disciplina de voto a través de sus estatutos internos contemplando sanciones económicas e incluso la expulsión del partido. En otros sistemas democráticos, cada congresista o senador puede actuar en función de los intereses de los electores a los que representa aun cuando éstos no coincidan con los de su partido. Es decir, no se produce un control férreo.

Cabe preguntarse si el diputado debe guardar lealtad incondicional a su elector cuando el sentido del voto ha migrado por derroteros pactistas, llegando a ser desnaturalizado, o si debe lealtad inquebrantable al partido al que pertenece. Subyacen , sin duda, cuestiones de gran calado, el partidismo a ultranza o la defensa del interés del elector y del sentido de Estado que puede llevar a romper la unidad de actuación.

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