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Vender a plazos, la alternativa a las hipotecas

Llevamos ya unos años con el tema de las cláusulas abusivas, viendo como familias, además de perder su vivienda, han quedado endeudadas, llegando a situaciones verdaderamente dramáticas. Lejos de solucionarse la problemática hipotecaria, se ha recrudecido ahora con el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) que se abona al realizar una hipoteca. Hay miles de pleitos hipotecarios en los juzgados.

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Quisiera recordar -y más de uno cuando mencione la palabra esbozará una ligera sonrisa- que antes en este país la inmensa mayoría de compraventas de viviendas y pequeños negocios se hacían a plazos, las famosas letras, es decir, sin hipotecas. Cuando he dicho ligera sonrisa no me refiero a alegría, sino de recordar aquellos duros tiempos y el sudor que costaba ir afrontando el pago de aquellas letras. Aunque

visto lo visto, es preferible a someterse a las condiciones de una hipoteca.

Hace unos 30 años, incluso las inmobiliarias más famosas de aquella época construían y vendían sus promociones mediante una entrada y el resto con el pago de las letras. Por cierto, se puede comprar a plazos estableciendo otro medio de pago. Dicho sistema de compraventa posibilitó que en España la inmensa mayoría de ciudadanos fueran propietarios de su vivienda y el alquiler fuera minoritario. Pero los intereses financieros han cambiado esta cultura. Hoy, el ciudadano parece que no tiene otra opción más que hipotecarse o ir de alquiler.

Pero ello no es así. En estos momentos hay propietarios a los que podría interesarles vender a plazos. Sus propiedades están estancadas por el precio que piden. Y existen también compradores en potencia que comprarían a plazos. Si hay acuerdo, puede realizarse la compraventa

con garantías para ambas partes, dando una entrada y estableciendo la forma de pago que más interese a la voluntad de ambas partes. Existen múltiples y variadas fórmulas de pactos y acuerdos.

No interviene el banco, y si no se exige hipoteca no hay comisiones de apertura, no hay tasaciones, no hay variaciones de las cuotas sabiéndose su importe desde el primer día, no hay cláusulas suelo, ni el peligro de que en caso de impago el comprador, además de perder la vivienda, tenga que soportar el pago de una deuda. Ni que decir que el coste en intereses cae considerablemente, lo cual además permite acortar los plazos. En cuanto a los gastos, se paga el impuesto de la transmisión (ITP), el notario y la inscripción en el registro. Da seguridad y estabilidad al comprador, y al vendedor le permite vender una propiedad que se le resiste. Ahí lo dejo.

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